La Deuda Pendiente de España con Navarra: Agravios Sociales, Económicos y Políticos Recogidos en las Actas de Cortes (1503-1531): 220 (Ensayo y Testimonio)
La Deuda Pendiente de España con Navarra: Agravios Sociales, Económicos y Políticos Recogidos en las Actas de Cortes (1503-1531): 220 (Ensayo y Testimonio)
La Deuda Pendiente de España con Navarra: Agravios Sociales, Económicos y Políticos Recogidos en las Actas de Cortes (1503-1531): 220 (Ensayo y Testimonio) - Pedro Esarte MuniÁIn
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La Deuda Pendiente de España con Navarra: Agravios Sociales, Económicos y Políticos Recogidos en las Actas de Cortes (1503-1531): 220 (Ensayo y Testimonio)
Pedro Esarte MuniÁIn
Synopsis "La Deuda Pendiente de España con Navarra: Agravios Sociales, Económicos y Políticos Recogidos en las Actas de Cortes (1503-1531): 220 (Ensayo y Testimonio)"
Las Actas de Cortes de 1503 a 1531 aqui? estudiadas, adema? s de aportar datos histo? ricos irrebatibles, se prestan a interesantes ana? lisis. Frente a la obstinacio? n de la historiografi? a oficial en defender la existencia de una divisio? n en Navarra con la que justificar la intervencio? n militar y la conquista, la documentacio? n evidencia la unanimidad de las Cortes en la defensa de toda clase de derechos propios.La inexistencia de diferencias entre la institucio? n de las Cortes y el Consejo Real es constante en los asuntos primordiales poli? ticos y econo? micos, y siempre son una? nimes cuando se trata de defender los derechos de Navarra.La inverosi? mil interpretacio? n de que los reyes navarros no eran sinomoderadores entre ambos bandos (beamonteses y agramonteses), queda rebatida por las Actas, que no reflejan ni una sola manifestacio? n de ninguno de los supuestos grupos. Lo que demuestra que las diferencias no fueron entre navarros, sino de los navarros frente a la gobernacio? n impuesta por quienes llevaron a cabo la invasio? n armada.Una guerra que no acabo? en 1522 sino en 1524, tras las conversaciones llevadas a cabo entre bastidores por las Cortes sobre la rendicio? n de la fortaleza de Hondarribia y sobre el poder, asentado en acta, que se otorgaron los presentes a si? mismos y a los futuros miembros de las Cortes como garantes de los derechos aprobadosen ellas, con el ti? tulo:«Acto u? ltimo hecho por los Stados de la forma que han de tener las Cortes venideras».(AGN, Actas de Cortes, 1503-1531, fol. 245v.)